Año Jubilar y Acontecimiento de Excepcional Interés Público.

13 diciembre 2012
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El Senado ha posibilitado que al Año Jubilar Mariano, que le ha sido concedido a la Hermandad de la Macarena por  la Santa Sede con motivo de la conmemoración del L Aniversario de la Coronación Canónica de la Virgen de la Esperanza, tenga la consideración de Acontecimiento de Excepcional Interés Público a los efectos de lo dispuesto en el artículo 27 dela Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo. Los beneficios de estos programas serán los máximos establecidos en el artículo 27.3 dela Ley 49/2002.

 Esta normativa vigente otorga beneficios fiscales a aquellas personas físicas o jurídicas que colaboren económicamente con la celebración del Año Jubilar,  siempre que cumplan los requisitos previstos en el Real Decreto 1270/2033.

La moción fue aprobada por la mayoría de los grupos parlamentarios que componen la mesa de la Cámara Alta. La Encomienda In Voce ha sido entregada personalmente al Hermano Mayor por NHD Javier Arenas Bocanegra, que fue acompañado por el Alcalde y algunos ediles del Ayuntamiento de la ciudad.

Fotos NHD Fernando García Arcos


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