Beneficio económico por el abono de cuotas y limosnas

16 enero 2013
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Al igual que en los dos años anteriores, aquellos hermanos que al 27 de enero de 2013 tengan correctamente aportado el N.I.F. en su ficha censal, se beneficiarán económicamente por el pago de SUS cuotas, por las aportaciones realizadas a la Asistencia Social, y por las limosnas no anónimas abonadas durante el recién finalizado ejercicio, incluida la de la Papeleta de Sitio para realizar la Estación de Penitencia.

El ahorro económico consistirá en una reducción de la cuota íntegra en la declaración anual del IRPF,  equivalente al 25% de las cantidades aportadas por los conceptos antes mencionados.

Por ello animamos a los hermanos que aún no lo hayan hecho, a que revisen y, en su caso corrijan, los datos censales, para así poder disfrutar de esta importante reducción del costo de sus aportaciones al sostenimiento económico de la Hermandad.

Esta revisión se puede realizar cómodamente a través de esta página Web, en el apartado denominado “Datos Personales” que podrá encontrar dentro del acceso reservado para los miembros de la corporación.

Igualmente podrá hacerse hasta el viernes 25,  enviando copia del DNI por correo electrónico hermandaddelamacarena@esperanza-macarena.es, por fax (954 90 31 77),  mediante carta postal o presencialmente en la Secretaría.

Recordamos que como regla general, el hermano es el beneficiario de la mencionada deducción.

Excepcionalmente y sólo en los casos de hermanos menores de 18 años al 31 de diciembre de 2012, podrá ser otra persona física la beneficiaria de los incentivos por el pago de las cuotas o limosnas del hermano menor de edad, siempre y cuando ésta lo solicite y cumpla todas y cada una de las siguientes condiciones:

  • Que se trate del padre, madre o representante legal, acreditándolo con el DNI y con el correspondiente libro de familia o documento justificativo del registro civil.
  • Y que el pago de las cuotas ordinarias del hermano menor de edad hayan sido abonadas mediante cargo en una cuenta corriente o libreta de ahorros cuyo titular sea el progenitor o representante legal que lo solicita. Para ello, deberá aportar certificado o  documento justificativo expedido por la entidad financiera junto con su DNI.

Aquellos hermanos que al 25 de enero de 2013 cumpliendo los requisitos antes mencionados  se hayan podido beneficiar de estos incentivos fiscales, podrán solicitar a partir del día 1 de febrero de 2013 el correspondiente certificado, el cual le será facilitado a través de correo electrónico o presencialmente en la Secretaría de la Hermandad.

Pedro Bohórquez Jiménez

Mayordomo de Ntra. Sra. de la Esperanza


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