CAPÍTULO I. DE LOS FINES DE LA ASISTENCIA SOCIAL

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ARTÍCULO 1º. La Hermandad, a través de su Asistencia Social, fomentará aquellas acciones que hagan posible una labor activa en la búsqueda de soluciones a los problemas de los más  necesitados, en función de los criterios de fraternidad cristiana, siempre en comunión eclesial y guiados por el espíritu y las exigencias del Evangelio.

ARTÍCULO 2º.- Como obras asistenciales y de caridad se entienden aquellas que, de una manera directa o indirecta, la Asistencia Social lleva a cabo con personas o entidades que por su situación de necesidad requieren de ayuda material o moral, así como las actividades dirigidas a impulsar la educación en la caridad y  promoción de la justicia y solidaridad.

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