TÍTULO IV. DE LA VIDA DE LA HERMANDAD
CAPÍTULO I. DE LA VIDA ECLESIAL Y DIOCESANA
REGLA XVIII. La Hermandad ha de vivir su realidad eclesial en estrecha comunión con el Excmo. y Rvdmo. Sr. Arzobispo de Sevilla, de quién recibe su misión. Las relaciones directas con la Curia Diocesana se encauzarán a través del Vicario General y el Secretariado Diocesano de Hermandades y Cofradías.
Se tendrá especial relación de comunión eclesial y colaboración pastoral con el Párroco de San Gil Abad y el Vicario Episcopal de Zona.
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